Un informe del Comité
Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), reveló que la Policía
Metropolitana (PM) no cuenta con un departamento de psicología para los agentes
que deben enfrentar situaciones estresantes durante su labor en las calles de
la ciudad.
Según Diana Maldonado,
activista, los subordinados de la PM se abstuvieron de hacer observaciones de
la situación durante una evaluación y capacitación del personal municipal en
marzo de 2014. “Quizás por estar grabadas y porque siempre estuvo un superior
presente”, aseveró.
La publicación señaló que uno
de los funcionarios metropolitanos debe cumplir el papel de psicólogo con
miembros de la tropa cuando se detectan problemas familiares “y recurrir a las
charlas y conversaciones para que se desahoguen”.
La misma persona en cuestión
también se encarga de seleccionar a los policías y elaborar diagnósticos sobre
el funcionamiento de los distintos departamentos de la institución.
Maldonado manifestó que el
psicólogo en un cuartel es un elemento clave y que algunos de los uniformados,
fuera de talleres, solicitaron la existencia de un especialista “para ayudarlos
a manejar el estrés diario que su trabajo causa”.
El estudio que forma parte de
un resumen de la situación de los DD.HH. en la ciudad.
Incluso, afirmó, la PM no posee
un departamento de Asuntos Internos que permita atender e investigar las
denuncias que puedan presentar los ciudadanos que se sientan maltratados por
los uniformados.
Las indagaciones sobre algún
abuso de autoridad son realizadas por un alto funcionario de la PM o de la
compañía a la que pertenezca el metropolitano.
Otras de las situaciones
detectadas es que los agentes no reciben ningún taller de reforzamiento de
conocimientos en DD.HH., fuera del curso obligatorio para ingresar a la
entidad. “La situación es para llorar”, comentó Fernando Gutiérrez, presidente
del CDH.
Para el personal municipal, el
retiro temporal de las mercancías es legal. Se respaldan en el artículo 3 del
Reglamento Municipal interno.
El estatuto señala que los
titulares de las direcciones de Justicia y Vigilancia, Aseo de Calles, Uso del
Espacio y Vía Pública y la PM se encargan de ordenar la confiscación momentánea
de “bienes muebles que se encuentren expuestos en los espacios de uso público
sin la autorización municipal”.
Para Gutiérrez, los excesos de
los agentes no se remedian con la expulsión de los involucrados, sino que
requiere una “reestructuración del sistema”.
El art. 327 de la Constitución
reconoce y protege el trabajo autónomo y prohíbe “toda forma de confiscación de
sus productos, materiales o herramientas de trabajo”.
Por su parte, el alcalde Jaime
Nebot se ha manifestado públicamente en contra de las agresiones de la PM, pero
justifica el uso de toletes “porque existen comerciantes que atacan con
cuchillo”.
A finales de enero, la Alcaldía
presentó una denuncia contra dos metropolitanos por agresiones a una
comerciante de 63 años.
A mas de esas observaciones el
informe anual contenía análisis y
testimonios del estado en el que se encuentran en Ecuador 16 tendencias de
violaciones a derechos fundamentales.
Se analizaron casos y
situaciones jurídicas sobre la afectación que sufren el trabajo periodístico y
la libertad de expresión, violaciones de la igualdad ante la ley, intolerancia
hacia la diversidad sexual, refugio y derecho a la educación, deportación
arbitraria a solicitantes de asilo, tortura a través del cateo íntimo a
mujeres, falta de atención a personas privadas de su libertad en centros
carcelarios, hostigamiento a ambientalistas y defensores de Derechos Humanos,
contaminación ambiental, maltrato a animales domésticos, inseguridad de tenencia,
negación de servicios básicos, criminalización de la protesta y la ya
mencionada afectación del derecho a la ciudad a comerciantes ambulantes en
Guayaquil.
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