martes, 3 de marzo de 2015

ANÁLISIS DE AFECTACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS EN GUAYAQUIL



Un informe del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), reveló que la Policía Metropolitana (PM) no cuenta con un departamento de psicología para los agentes que deben enfrentar situaciones estresantes durante su labor en las calles de la ciudad.

Según Diana Maldonado, activista, los subordinados de la PM se abstuvieron de hacer observaciones de la situación durante una evaluación y capacitación del personal municipal en marzo de 2014. “Quizás por estar grabadas y porque siempre estuvo un superior presente”, aseveró.

La publicación señaló que uno de los funcionarios metropolitanos debe cumplir el papel de psicólogo con miembros de la tropa cuando se detectan problemas familiares “y recurrir a las charlas y conversaciones para que se desahoguen”.

La misma persona en cuestión también se encarga de seleccionar a los policías y elaborar diagnósticos sobre el funcionamiento de los distintos departamentos de la institución.

Maldonado manifestó que el psicólogo en un cuartel es un elemento clave y que algunos de los uniformados, fuera de talleres, solicitaron la existencia de un especialista “para ayudarlos a manejar el estrés diario que su trabajo causa”.

El estudio que forma parte de un resumen de la situación de los DD.HH. en la ciudad.

Incluso, afirmó, la PM no posee un departamento de Asuntos Internos que permita atender e investigar las denuncias que puedan presentar los ciudadanos que se sientan maltratados por los uniformados.

Las indagaciones sobre algún abuso de autoridad son realizadas por un alto funcionario de la PM o de la compañía a la que pertenezca el metropolitano.

Otras de las situaciones detectadas es que los agentes no reciben ningún taller de reforzamiento de conocimientos en DD.HH., fuera del curso obligatorio para ingresar a la entidad. “La situación es para llorar”, comentó Fernando Gutiérrez, presidente del CDH.

Para el personal municipal, el retiro temporal de las mercancías es legal. Se respaldan en el artículo 3 del Reglamento Municipal interno.

El estatuto señala que los titulares de las direcciones de Justicia y Vigilancia, Aseo de Calles, Uso del Espacio y Vía Pública y la PM se encargan de ordenar la confiscación momentánea de “bienes muebles que se encuentren expuestos en los espacios de uso público sin la autorización municipal”.

Para Gutiérrez, los excesos de los agentes no se remedian con la expulsión de los involucrados, sino que requiere una “reestructuración del sistema”.

El art. 327 de la Constitución reconoce y protege el trabajo autónomo y prohíbe “toda forma de confiscación de sus productos, materiales o herramientas de trabajo”.

Por su parte, el alcalde Jaime Nebot se ha manifestado públicamente en contra de las agresiones de la PM, pero justifica el uso de toletes “porque existen comerciantes que atacan con cuchillo”.

A finales de enero, la Alcaldía presentó una denuncia contra dos metropolitanos por agresiones a una comerciante de 63 años.

A mas de esas observaciones el informe anual contenía  análisis y testimonios del estado en el que se encuentran en Ecuador 16 tendencias de violaciones a derechos fundamentales.

Se analizaron casos y situaciones jurídicas sobre la afectación que sufren el trabajo periodístico y la libertad de expresión, violaciones de la igualdad ante la ley, intolerancia hacia la diversidad sexual, refugio y derecho a la educación, deportación arbitraria a solicitantes de asilo, tortura a través del cateo íntimo a mujeres, falta de atención a personas privadas de su libertad en centros carcelarios, hostigamiento a ambientalistas y defensores de Derechos Humanos, contaminación ambiental, maltrato a animales domésticos, inseguridad de tenencia, negación de servicios básicos, criminalización de la protesta y la ya mencionada afectación del derecho a la ciudad a comerciantes ambulantes en Guayaquil.

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