Con la nueva Ley de Prevención Integral de Estupefacientes, el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Consep) busca concientizar a la ciudadanía sobre el consumo de drogas, manifestó Patricio Yanchapaxi, asesor jurídico de la entidad.
El funcionario destacó que se
tenía previsto enviar dicha ley esta semana a la Asamblea para su aprobación.
“El rector de un colegio fiscal
de Guayaquil se me acercó a pedir ayuda sobre un caso puntual de un joven con
problemas de adicción, le indiqué que envíe un comunicado al Consep para
recibir la ayuda necesaria”, dijo Yanchapaxi, quien destacó que con la aprobación
de este cuerpo legal se ayudará precisamente a toda la ciudadanía y en especial
a los jóvenes.
El anuncio de la nueva ley se
dio la mañana de ayer durante el desarrollo de un intercolegial de arte
preventivo integral al consumo de alcohol y otras drogas, en donde varios
jóvenes presentaron obras teatrales cuya temática fue enfocar los problemas por
el consumo de alcohol y drogas.
Yanchapaxi indicó que en
algunos casos se ha malinterpretado la tabla de consumo de sustancias
estupefacientes y se cree que una persona que es detenida con menos de 10
gramos de marihuana (estupefaciente de referencia) no puede ser procesada.
“Así como existe una tabla de
consumidores hay una tabla donde se establecen los rangos para sancionar a los
microtraficantes. Por ello, si una persona es detenida con un gramo de
marihuana y se comprueba que es microtraficante, va a ser procesada y
sancionada con el artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal”, dijo el
abogado, pero también aclaró que si a esta misma persona no le encuentran
pruebas incriminatorias, no podría ser procesada.
Agregó que se verificará en las
investigaciones policiales si el detenido es microtraficante o consumidor, por
lo cual la ley permite un tiempo prudencial y, si es encontrado culpable, se aplicará
el artículo 220, dependiendo de la cantidad con la que fue detenido, ya que
existen varias escalas para sancionar.
En esta escala la mínima
sanción es de 2 a 6 meses de pena privativa de libertad, pero, por no llegar al
año, se le da una medida sustitutiva como presentación periódica ante un juez o
la prohibición de salida del país.
“Respecto a las medidas
sustitutivas, en el año 2015 se tiene previsto implantar dispositivos
electrónicos para las personas que tienen esas sanciones”, agregó Yanchapaxi.
Dijo que si se pretende
realizar un examen médico al detenido, deberá tener la autorización de este,
pero si él se niega, no se podrá hacerlo, porque así señala la Constitución.
Detalles /alcaloides
Mínima escala
Según el Consep, la escala
mínima para sanciones se aplicará cuando el detenido tenga en su poder hasta
300 gramos de marihuana, hasta 50 gramos de pasta base o clorhidrato de
cocaína, y 1 gramo de heroína. Estos serán sancionados de 2 a 6 meses de pena
privativa de libertad. Fuente eluniverso.com
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