martes, 16 de diciembre de 2014

Medias contra el consumo de drogas en colegios.


Con la nueva Ley de Prevención Integral de Estupefacientes, el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Consep) busca concientizar a la ciudadanía sobre el consumo de drogas, manifestó Patricio Yanchapaxi, asesor jurídico de la entidad.
El funcionario destacó que se tenía previsto enviar dicha ley esta semana a la Asamblea para su aprobación.

“El rector de un colegio fiscal de Guayaquil se me acercó a pedir ayuda sobre un caso puntual de un joven con problemas de adicción, le indiqué que envíe un comunicado al Consep para recibir la ayuda necesaria”, dijo Yanchapaxi, quien destacó que con la aprobación de este cuerpo legal se ayudará precisamente a toda la ciudadanía y en especial a los jóvenes.

El anuncio de la nueva ley se dio la mañana de ayer durante el desarrollo de un intercolegial de arte preventivo integral al consumo de alcohol y otras drogas, en donde varios jóvenes presentaron obras teatrales cuya temática fue enfocar los problemas por el consumo de alcohol y drogas.

Yanchapaxi indicó que en algunos casos se ha malinterpretado la tabla de consumo de sustancias estupefacientes y se cree que una persona que es detenida con menos de 10 gramos de marihuana (estupefaciente de referencia) no puede ser procesada.

“Así como existe una tabla de consumidores hay una tabla donde se establecen los rangos para sancionar a los microtraficantes. Por ello, si una persona es detenida con un gramo de marihuana y se comprueba que es microtraficante, va a ser procesada y sancionada con el artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal”, dijo el abogado, pero también aclaró que si a esta misma persona no le encuentran pruebas incriminatorias, no podría ser procesada.

Agregó que se verificará en las investigaciones policiales si el detenido es microtraficante o consumidor, por lo cual la ley permite un tiempo prudencial y, si es encontrado culpable, se aplicará el artículo 220, dependiendo de la cantidad con la que fue detenido, ya que existen varias escalas para sancionar.

En esta escala la mínima sanción es de 2 a 6 meses de pena privativa de libertad, pero, por no llegar al año, se le da una medida sustitutiva como presentación periódica ante un juez o la prohibición de salida del país.

“Respecto a las medidas sustitutivas, en el año 2015 se tiene previsto implantar dispositivos electrónicos para las personas que tienen esas sanciones”, agregó Yanchapaxi.

Dijo que si se pretende realizar un examen médico al detenido, deberá tener la autorización de este, pero si él se niega, no se podrá hacerlo, porque así señala la Constitución.

Detalles /alcaloides
Mínima escala

Según el Consep, la escala mínima para sanciones se aplicará cuando el detenido tenga en su poder hasta 300 gramos de marihuana, hasta 50 gramos de pasta base o clorhidrato de cocaína, y 1 gramo de heroína. Estos serán sancionados de 2 a 6 meses de pena privativa de libertad. Fuente eluniverso.com

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