viernes, 26 de septiembre de 2014

Fondos previsionales pasarán al BIESS

El pleno de la Asamblea aprobó con 87 votos a favor el proyecto de la Ley Reformatoria de Seguridad Social y a la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para la administración de los fondos complementarios previsionales; 26 votos de los 114 asambleístas presentes fueron en contra, solo se dio una abstención. 

Con esto los 54 fondos provisionales entre ellos el Fondo de Cesantía del Magisterio Ecuatoriano, pasarían a ser administrados por el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, el mismo que mantendría los aportes en cuentas individuales de los 206 mil afiliados a los 54 fondos.

Según la reforma los fondos con aportes estatales pasarán a ser administrados por el BIESS mediante cuentas individuales. Su gestión se sujetará a los principios de seguridad, transparencia, solvencia, eficiencia, rentabilidad y a las regulaciones y controles de los órganos competentes.

Asimismo se mantiene la disposición de que los fondos que cuenten con la petición expresa de la mitad mas uno de sus aportantes de mantener su administración propia lo podrán hacer, siempre que cumplan con las otras tres condiciones mencionadas anteriormente:

A.- Demostrar que los aportes al fondo fueron realizados de manera voluntaria, para el efecto se verificará la autorización escrita de cada uno de los partícipes. De igual manera el fondo probará que los descuentos se hayan realizado sin coerción alguna a los partícipes o a terceros.

B.- Garantizar que los recursos asignados en las cuentas individuales pueden ser restituidos a los partícipes en cualquier momento.

C.- Reintegrar el valor de los recursos estatales recibidos por el fondo con los respectivos intereses calculado a la tasa activa referencial determinada por el Banco Central del Ecuador para cada año.


Los recursos de los fondos complementarios previsionales cerrados cuya administración asuma el IESS a través de su banco, conservarán su objeto y fines, manteniendo el manejo de cuentas individuales independientes y separadas del patrimonio del BIES y de los demás fondos que administre.

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