
En el Capítulo Octavo de Infracciones de Transito desde el artículo 371 hasta el 392 se citan las sanciones de transito, las mismas que se empezarán a aplicar desde la siguiente semana, luego de culminado el operativo informativo de la CTE.
Entre las infracciones se halla el manejar con llantas lisas, causa de detención, imposición de multa y retención del vehículo hasta que sean cambiados los neumáticos; manejar sin tener licencia de conducir, detención y corresponsabilidad del propietario del vehículo, a mas del pago de multa; entre otros.
En este cuerpo legal también se sanciona la irresponsabilidad de los peatones, de ser el caso.
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